Guía VERI*FACTU — Hostelería y Comercio
VERI*FACTU
Guía práctica para hostelería y comercio
AEATAGENCIA TRIBUTARIA

Guía explicativa para TPV, tickets y facturas

Material informativo para bares, restaurantes, cafeterías, hoteles, tiendas y comercios que emiten facturas o tickets mediante un programa o TPV.

Idea clave. VERI*FACTU no es una nueva clase de IVA ni obliga a emitir siempre factura electrónica B2B: regula cómo debe funcionar el sistema informático que genera los registros de facturación. En hostelería y comercio afecta especialmente al TPV y a cada ticket o factura simplificada emitida con él.

Qué exige la norma

Registro por operación

El programa debe generar un registro de alta por cada factura o ticket y un registro específico cuando se anule una factura. Los registros deben conservarse de forma segura y estar disponibles para la Administración tributaria.

Integridad y trazabilidad

Cada registro incorpora una huella digital o hash. La huella se enlaza con el registro anterior, creando una cadena que permite detectar alteraciones. La AEAT indica el uso de SHA-256 para este cálculo.

QR tributario

Las facturas emitidas por un sistema de facturación sujeto al reglamento deben incorporar un código QR. Permite que el receptor acceda al servicio de cotejo o remisión de información de la AEAT.

Dos modalidades válidas

Puede utilizarse la modalidad VERI*FACTU, con remisión inmediata de registros a la AEAT, o una modalidad sin remisión inmediata que requiere mayores garantías técnicas internas, como firma electrónica y registro de eventos.

Fechas que debe revisar

Quién usa el sistemaFecha límite de adaptaciónEjemplos
Personas jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027SL de restaurante, sociedad de tiendas, hotel explotado por sociedad.
Autónomos y otros obligados que tributan por IRPF1 de julio de 2027Bar autónomo, comercio individual, profesional que factura con software.

Importante: estas fechas se refieren a la obligación de usar un sistema adaptado. El proveedor del software debe disponer de la adaptación y de su declaración responsable antes de que el negocio tenga que usarlo.

Qué cambia en un bar o tienda

Tickets de TPV

Un ticket es normalmente una factura simplificada. Si lo emite el TPV sujeto al reglamento, genera su registro de facturación y debe llevar el QR tributario.

CAFETERÍA EJEMPLO
Ticket: T-000125
Fecha: 24/09/2026
Consumiciones ........ 18,00 EUR
IVA incluido .......... 1,64 EUR
TOTAL ................. 18,00 EUR

QR de cotejo AEAT
VERI*FACTU*

Factura completa

Cuando el cliente solicita factura con sus datos fiscales, el sistema debe emitirla con la información obligatoria de facturación y con el QR. El QR no sustituye los datos de la factura.

Rectificaciones y anulaciones

No se debe borrar un ticket ya emitido para “corregirlo”. El TPV debe usar el procedimiento de anulación o rectificación previsto y dejar su correspondiente registro trazable.

VERI*FACTU o sin remisión

Modalidad VERI*FACTUModalidad sin remisión inmediata
Envío a AEATEl registro se remite de forma electrónica inmediatamente tras su producción.No se remite de inmediato, pero debe poder conservarse y aportarse cuando corresponda.
Documento entregadoQR tributario y la mención “VERI*FACTU” o equivalente reglamentaria.QR tributario, sin la mención propia de la modalidad VERI*FACTU.
OperativaHabitualmente más sencilla para el usuario final; depende de conexión y de que el TPV gestione incidencias y reintentos.Exige controles técnicos adicionales del software, incluida firma electrónica y registro de eventos.
VERI*FACTU
Checklist de implantación para hostelería y comercio
AEATAGENCIA TRIBUTARIA

Checklist para adaptar el TPV

  1. Identifique todos los puntos de facturación: TPV de barra, caja, tablet de camareros, tienda online, programa de facturación y cualquier software que expida facturas.
  2. Solicite al proveedor la declaración responsable: debe identificar el producto y declarar que cumple el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación.
  3. Confirme la modalidad: VERI*FACTU con envío a AEAT o modalidad sin remisión inmediata; pregunte cómo trabaja el TPV sin conexión y cómo reintenta los envíos.
  4. Pruebe el ticket: compruebe numeración, serie, total, IVA, QR legible y, si procede, la mención VERI*FACTU.
  5. Forme al personal: explique que un ticket emitido no se borra; se anula o rectifica desde el procedimiento del propio TPV.
  6. Guarde documentación: contrato/licencia, versión instalada, declaración responsable, manual de incidencias y soporte del proveedor.

Facturas simplificadas

La factura simplificada se usa habitualmente en venta al por menor y en hostelería. El límite general es 400 EUR IVA incluido, aunque para determinadas actividades —incluidas varias de hostelería y comercio minorista— puede alcanzar 3.000 EUR IVA incluido, según el Reglamento de Facturación.

Consejo práctico: configure el TPV con series diferenciadas si el negocio tiene varios establecimientos, varias cajas o necesita separar ventas, rectificativas y facturas completas. La configuración debe mantener una numeración correlativa dentro de cada serie.

Errores frecuentes que evitar

Confundir VERI*FACTU y factura electrónica

VERI*FACTU se centra en el software y sus registros; la factura electrónica B2B es una obligación distinta, con calendario y desarrollo propio.

Usar hojas de cálculo o plantillas sin controles

Si se emplean para expedir facturas dentro del ámbito de la norma, deben cumplir los requisitos aplicables. Un documento editable sin registro trazable no proporciona las garantías exigidas a un SIF.

“Reimprimir” o cambiar tickets manualmente

La reimpresión debe quedar diferenciada de una nueva venta. Cambiar fecha, importe o artículos sin generar la operación correcta rompe la trazabilidad y puede producir descuadres.

No prever la caída de internet

Consulte cómo funciona el TPV sin conexión. La emisión debe poder continuar conforme a su configuración y el software debe gestionar la remisión posterior cuando proceda.

Sanciones y responsabilidad

Atención: la Ley General Tributaria prevé sanciones específicas relacionadas con la fabricación, producción, comercialización, tenencia y uso de sistemas informáticos que no cumplan los requisitos. La cuantía puede alcanzar 50.000 EUR por ejercicio para determinados usuarios y 150.000 EUR por ejercicio para productores o comercializadores en los supuestos previstos legalmente.

La obligación de disponer de un sistema correcto es del empresario o profesional. Pida al proveedor evidencias de conformidad y no base la decisión solo en mensajes comerciales como “compatible” o “preparado”.

Documentación oficial y ayuda

  • Sede electrónica AEAT: sede.agenciatributaria.gob.es → IVA → Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y VERI*FACTU.
  • Normativa principal: Ley 11/2021, Real Decreto 1007/2023, Real Decreto 254/2025 y Orden HAC/1177/2024.
  • Información técnica: la AEAT publica especificaciones de registros, QR, firma electrónica, validaciones y ejemplos de declaraciones responsables.
  • Consulta con su asesoría y proveedor TPV: confirme el caso concreto si está en SII, usa varios programas, franquicia, comercio electrónico o tiene facturación internacional.

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